Los Consejos Técnicos Consultivos Escolares de las Unidades Académicas fungen como órganos colegiados de consulta, asesoría, dictamen y apoyo a sus directores, con la participación de las representaciones de los distintos sectores que forman parte de su comunidad, en los términos establecidos en la Ley Orgánica.
EL Consejo Técnico Consultivo Escolar de la ESIT funge como órgano colegiado de consulta, asesoría, dictamen y apoyo al director, con la participación de las representaciones de los distintos sectores que forman parte de su comunidad, como lo establece en los términos del artículo 28 de la Ley Orgánica.
Con la participación de las representaciones de los distintos sectores de la comunidad: El director de la escuela, quien lo presidirá. Los subdirectores, académico, Servicios Educativos e Integración Social y Administrativo de la escuela. El subdirector Académico fungirá como secretario. Dos representantes profesores por cada una de las trayectorias, que se imparten en la escuela. Dos representantes alumnos por cada una de las trayectorias que se imparten en la escuela. Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los Comités Ejecutivos Delegacionales correspondientes.